
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) postergará la implementación de las nuevas reglas sobre descuentos salariales en casos de incapacidades laborales, brindando a las empresas un periodo adicional para ajustar sus sistemas y procesos al cumplimiento de esta norma.
La reforma a la Ley del Infonavit estableció una nueva obligación para los empleadores: continuar con los descuentos salariales de trabajadores con créditos del Infonavit, incluso durante incapacidades o ausencias. El artículo 29, modificado, señala que estos descuentos, destinados a los abonos de créditos, no se suspenderán por ausencias o incapacidades conforme a la Ley del Seguro Social.
Aunque la norma entró en vigor el 22 de febrero de 2025, junto con otras disposiciones de la reforma, generó incertidumbre y amparos, ya que durante las incapacidades el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) financia los ingresos, y los empleadores no tienen acceso al salario del trabajador. En marzo, los Criterios Normativos de Recaudación Fiscal del Infonavit reiteraron la medida y aclararon su aplicación, pero abrieron la posibilidad de aplazar su cumplimiento.
El Infonavit confirmó que otorgará un plazo adicional, haciendo exigible la norma a partir de los pagos del cuarto bimestre de 2025 (julio-agosto), con fecha límite el 17 de septiembre. Las empresas deberán ajustar sus sistemas para realizar y reportar los descuentos correspondientes a los abonos de créditos del Infonavit, según la legislación vigente.
El Instituto justificó este aplazamiento al reconocer que los empleadores necesitan un “periodo razonable” para realizar las adaptaciones tecnológicas y procesales necesarias, según un acuerdo en revisión por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer).
Por ley, los empleadores depositan bimestralmente al Infonavit el 5% del salario diario integrado de sus trabajadores con seguridad social. Si el trabajador tiene un crédito de vivienda, estas aportaciones se destinan al pago del capital de la deuda.
¿Qué cambió con la reforma?
Antes, los descuentos salariales se pausaban durante incapacidades o licencias del IMSS, ya que el ingreso del trabajador era cubierto por la seguridad social. Con la reforma, esta obligación persiste, lo que, según expertos, podría generar cuentas por cobrar entre empresas y trabajadores, dado que los empleadores financiarían temporalmente el crédito.
El incumplimiento de esta norma podría derivar en una opinión negativa del Infonavit, afectando la inscripción en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse), requisito para la tercerización de servicios, administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).