Unificación de pensiones IMSS e ISSSTE: así funciona la portabilidad de derechos para el retiro.

Acumular una trayectoria laboral en ambos sectores —público y privado— es una realidad común para miles de trabajadores. Al momento del retiro, cumplir con los requisitos tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) permite solicitar dos pensiones independientes o bien realizar un proceso de portabilidad de derechos para unificarlas en una sola.

Unificación de la cuenta Afore

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), la legislación vigente estipula que ningún trabajador puede poseer más de una cuenta de Afore. Por ello, los fondos generados en el IMSS y en el ISSSTE deben consolidarse en un mismo registro.

En diversos casos, este proceso se ejecuta de forma automática a través de la Clave Única de Registro de Población (CURP). No obstante, los trabajadores pueden verificar el estatus de sus recursos consultando directamente a su Administradora de Fondos para el Retiro (Afore). Aunque la cuenta se mantenga unificada, las aportaciones correspondientes a cada instituto deben figurar especificadas de manera independiente dentro de los estados de cuenta.

Requisitos para la portabilidad de derechos

Para pensionarse sumando los periodos cotizados en ambas instituciones y recibir un único pago, el trabajador debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Doble cotización: Registrar aportaciones ante el IMSS y el ISSSTE, ya sea de forma simultánea o en distintos periodos.
  • Régimen aplicable: Pertenecer a la Ley 73 o Ley 97 del IMSS, y al régimen de Cuentas Individuales (Ley 2007) en el ISSSTE.
  • Edad mínima: Tener al menos 60 años cumplidos (el trámite puede iniciarse dentro del año previo a cumplir esta edad).
  • Conservación de derechos: Mantenerse en periodo de conservación de derechos ante el IMSS si se opta por la Ley 73.
  • Constancia oficial: Presentar la Constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.

El trámite debe gestionarse en la institución donde se haya realizado la última cotización laboral. Si la última aportación fue realizada de forma voluntaria, el solicitante podrá elegir libremente ante cuál de los dos institutos hacer la solicitud.

Documentación y canales de atención

Para realizar la unificación de pensión, el interesado deberá presentar:

  • Identificación oficial vigente con fotografía.
  • CURP.
  • Copia del documento de elección de régimen o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite estar en Cuentas Individuales del ISSSTE.
  • Estado de cuenta reciente de la Afore.

Puntos de atención:

  • En el IMSS: La solicitud se puede tramitar en la subdelegación correspondiente al domicilio del asegurado o mediante la plataforma en línea IMSS Digital.
  • En el ISSSTE: El trámite se atiende de forma presencial en las subdelegaciones de prestaciones de las Representaciones Estatales y Regionales.