¿Sabías que si rentas tu casa o alguna propiedad también debes pagar impuestos? De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), todas las personas que perciban ingresos por alguna actividad económica tienen esta obligación, incluyendo a los arrendadores. En caso de que este requisito no se cumpla, la multa por no hacerlo es bastante considerable.
Según está estipulado en la ley, la autoridad fiscal tiene derecho a revisar tus actividades si no cumples con la emisión del CFDI (facturación electrónica) por la renta de tus propiedades. Además, también puedes ser denunciado por tus propios inquilinos.
¿Cuáles son tus obligaciones como arrendador?
Las personas físicas que perciben ingresos por rentar sus inmuebles primero deben inscribirse en el Régimen de Arrendamiento en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Después, deberán presentar declaraciones para el pago de IVA e ISR.
Del nivel de tus ingresos, dependerá el Impuesto sobre la Renta que te corresponde. Por ejemplo, si los arrendadores tienen ingresos mensuales de menos o iguales a 644.58 pesos, entonces no pagarán impuestos, pero quienes perciben 350 mil pesos mensuales o más, deberán pagar al SAT el 32% de ellos.
Cabe mencionar que sólo están exentos del pago de IVA los arrendamientos de casa habitación y fincas utilizadas con fines agrícolas o ganaderos.
Entre otras obligaciones también se encuentran:
1. Solicitar comprobantes fiscales y expedir comprobantes electrónicos CFDI cuando se reciba el importe de las rentas, que debe incluir el número de cuenta predial del inmueble.
2. Presentar declaraciones provisionales
- Provisionales de ISR y el pago del impuesto mensual o trimestralmente si los ingresos no superan los 26 mil 411 pesos.
- De IVA si se renta un local comercial o casa habitación amueblada.
- Anual durante el mes de abril.
- E informativas, que es en caso de que el arrendador reciba otros ingresos en efectivo con monto superior a los 100 mil pesos.
¿Qué pasa si rentas un inmueble y no pagas impuestos?
En caso de que el SAT detecte la entrada de ingresos sin el pago y declaración de impuestos, Hacienda puede proceder a hacer una revisión de hasta los últimos cinco años de ejercicio fiscal. El arrendador deberá aclarar los ingresos que no declaró y podría hacerse acreedor a multas y recargos.
De igual forma, si se incumple con la emisión de las facturas electrónicas CDFI, las autoridades fiscales están facultados a revisar hasta los últimos 10 años de ejercicios fiscales.
La multa por no emitir el comprobante fiscal o CFDI por este concepto va de los mil 200 y 79 mil pesos, de acuerdo con el artículo 84 del Código Fiscal.
Fuente: Expansión