¿Las deudas que aparecen en tu Reporte de Crédito de Buró de Crédito se heredan? La respuesta es: depende.
Cuando el titular de una deuda fallece, no todas sus obligaciones financieras necesariamente desaparecen. Algunas de ellas pueden traspasarse generando intereses. Este sería el caso, por ejemplo, de créditos que tengan un aval, obligado solidario, fiador o quienes confirmaron la obligación de pago.
En la mayoría de los casos, las deudas de las personas fallecidas son canceladas mediante un seguro de vida incluido o que se pude incluir en un producto crediticio. Entre los productos financieros que pueden ser cancelados por el seguro de vida se encuentran los créditos hipotecarios, los créditos automotrices y las tarjetas de crédito.
Entonces, si el titular del crédito fallece y no existe algún otro responsable por el adeudo, el seguro cubrirá el adeudo restante del crédito y el bien material pasará a las manos de quien(es) haya(n) sido designado(s) por el fallecido en su contrato.
En algunos casos, este seguro pudiera no ser válido en caso de que el producto crediticio presente retrasos de pago; en la caso de las tarjetas de crédito, el seguro no es válido si se sigue haciendo uso de la tarjeta después del fallecimiento del titular.
Por ello, cuando se contrata un crédito es importante ver el costo del producto pero también las características, los términos y condiciones de los seguros y obligaciones. También es importante definir al o a los herederos, escribir correctamente sus nombres completos en el contrato y darles aviso para que sepan qué hacer si se presentase el fallecimiento del titular del crédito. La misma recomendación va para las cuentas de ahorro, inversiones, otros seguros y fondos para el retiro.
Si tienes algo que heredar y quieres asegurarte de que cada uno de tus beneficiarios reciba exactamente lo que le quieres dejar, te recomiendo hacer un testamento notariado que sea coherente con los beneficiarios que se determinaron en los contratos crediticios, financieros, de seguros y de instrumentos para el retiro.
Otra cosa que hay que hacer es fijarte que todos tus documentos e identificaciones oficiales vigentes aparezcan con tu nombre completo y firma; estos deben de coincidir con los que se plasmen en todos tus documentos y contratos. De no ser así, actualízalos.
Si te casaste bajo el régimen de sociedad conyugal, los bienes pertenecen a ambos por partes iguales, aún cuando solo aparezca uno de ellos como titular o dueño. En este caso, es muy importante que ambos hagan su testamento, ya que así, cada quien puede disponer de lo que le corresponde.
Asimismo, piensa con cuidado a quién nombrarás como albacea, esta persona tendrá como función principal vigilar que se cumpla el testamento.
Si tienes hijos menores de edad, es vital que nombres a un tutor que velará por los intereses de tus hijos hasta que hayan cumplido la mayoría de edad. Estas personas deben de estar enterados y estar de acuerdo con las responsabilidades que asumirán en caso de ser necesario.
Una cosa más: si tú eres el beneficiario de alguien que falleció recuerda que necesitarás el acta de fallecimiento en original o copia notariada para cada trámite que hagas ante las instituciones financieras, de crédito, de seguros o de retiro.
Fuente: Forbes