A inicios de 2026, circuló información sobre supuestos bloqueos masivos de cuentas bancarias por parte del SAT. La autoridad ha aclarado que no realiza bloqueos arbitrarios; sin embargo, mantiene la facultad de iniciar procesos de fiscalización ante conductas sospechosas o incongruencias fiscales.
El SAT inicia auditorías (tanto a personas físicas como morales) cuando detecta irregularidades en el cumplimiento de obligaciones. Los principales focos rojos son:
1. Inconsistencias en Gastos e Ingresos
Discrepancia fiscal: Gastar más de lo que se declara ganar (pérdidas recurrentes sin justificación).
Ventas «por fuera»: Diferencias notables entre inventarios comprados y ventas reportadas.
Ingresos no declarados: Incluyendo depósitos en efectivo no justificados.
2. Malas Prácticas en Deducciones y Facturación
Empresas Factureras (EFOS): Comprar facturas a proveedores sin infraestructura (ej. pagar millones por «asesoría» a una empresa sin empleados).
Deducciones personales indebidas: Meter gastos personales (como la despensa) como si fueran del negocio.
Abuso de estímulos: Utilizar beneficios fiscales para fines distintos a los autorizados.
3. Incumplimientos Laborales y de Comercio
Retenciones no pagadas: No entregar al SAT el ISR descontado de los sueldos de los empleados.
Subvaluación en importaciones: Declarar precios menores al mercado para pagar menos aranceles.
Paraísos fiscales: Operaciones sospechosas en territorios de baja imposición.
🔍 ¿Cómo saber si tu orden de auditoría es real?
Si el SAT detecta una inconsistencia, te notificará a través de tu Buzón Tributario. Ante una visita domiciliaria u orden de fiscalización, sigue estos pasos para verificar su autenticidad:
Pasos para la verificación en el portal del SAT:
Ingresa a «Más trámites y servicios».
Busca «Herramientas de cumplimiento» y selecciona «Fiscalización electrónica».
Utiliza la opción de «Verificación de autenticidad».
Necesitarás tener a la mano:
Tu RFC.
El Dígito verificador (ubicado en la última página de la orden, junto a la firma).
El número de oficio de la orden.
La fecha inicial del periodo a revisar.
El nombre de al menos uno de los auditores asignados.
⏳ Plazos y Contacto de Emergencia
Plazo de respuesta: Una vez notificado por Buzón Tributario, tienes 15 días hábiles para aportar pruebas o corregir tu situación.
Denuncias por irregularidades: Si detectas anomalías en el proceso, contacta a:
Nota importante: El SAT publicará próximamente el Plan Maestro 2026, donde se detallarán las estrategias específicas de atención y fiscalización para este año.
De acuerdo con estadísticas de la autoridad fiscal, se considera abrir el siguiente número de auditorías en 2026:
Captura de pantalla del comunicado 53/2025, publicado el 20 de octubre de 2025 sobre los criterios de programación de auditorías. (SAT)