
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) cerró un 2025 histórico. Según la Consar, las Afores generaron plusvalías por 1.142 billones de pesos, impulsadas por un desempeño positivo en los mercados financieros durante 11 de los 12 meses del año.
Este escenario extraordinario abre tres ventanas de oportunidad para los trabajadores:
1. El Traspaso: ¿Cómo elegir la mejor Afore hoy?
Aunque el mercado sea favorable, Moisés Pérez Peñaloza, fundador de Yo Jubilado, advierte que el éxito de un cambio depende de una decisión informada.
- Identifica tu Siefore: Las Afores invierten según tu edad. No es lo mismo ser menor de 25 años (Siefore Inicial) que estar cerca de los 65 años.
- Compara rendimientos: Una administradora puede ser líder en rendimientos para jóvenes, pero la peor para adultos mayores. Utiliza la “Radiografía de las Afores” para comparar tu grupo específico.
- Prioriza el rendimiento: Con las comisiones estandarizadas en 0.54%, el factor decisivo hoy es quién genera más ganancias y ofrece mejor servicio.
Regla de oro: Nunca te cambies a una Afore que ofrezca menores rendimientos que la actual para tu rango de edad.
2. Jubilación: ¿Es buen momento para retirarse?
Si ya cumples con la edad y las semanas cotizadas (mínimo 875 semanas para Ley 97), este es un momento estratégico por dos razones:
- Ahorros en el máximo: Al jubilarte durante una racha de plusvalías, retiras tu capital en su punto más alto, evitando futuras volatilidades o minusvalías.
- Protección regulatoria: Te aseguras ante posibles cambios en la ley, como incrementos en la edad mínima de retiro.
3. Retiros Parciales: Mayor liquidez
Las plusvalías también benefician a quienes necesitan disponer de una parte de sus recursos:
- Por Desempleo: El monto suele calcularse sobre el saldo total; al haber plusvalías, el retiro puede ser mayor. (Requisito: 46 días desempleado).
- Por Matrimonio: Se otorga un monto fijo de 30 UMAs ($3,519 MXN). Es un trámite sencillo que requiere el acta de matrimonio.
Requisitos actuales para pensionarse (Ley 97)
| Concepto | Cesantía | Vejez |
| Edad mínima | 60 años | 65 años |
| Semanas cotizadas | 875 semanas | 875 semanas |