9 derechos que puedes hacer valer si inscribes a tus hijos en escuelas particulares.

Aunque el Artículo 3° de la Constitución mexicana indica que la educación gratuita es un derecho, también es posible que tus hijos asistan a una escuela particular, un servicio que de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) puedes contratar.

El 10 de marzo de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para regular este servicio que establece que las instituciones particulares que brindan la prestación de servicios educativos deben cumplir obligaciones, las cuales deben informar a los padres, madres o tutores antes de contratarlos.

9 derechos que debes hacer valer en escuelas particulares 

1. – La contratación   

  • Todo debe de quedar por escrito antes y después de la inscripción: 
  • Si está incorporada a la Secretaría de Educación Pública (SEP). 
  • Si tiene Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) por parte de la SEP. 
  • Los programas y grados educativos que ofrecen. 

2. – Clave de registro ante la SEP 

Te la debe de informar u orientarte en dónde puedes consultarla; si quieres adelantarte a revisar, puedes hacerlo dando CLIC AQUÍ.

3. – Cuotas de inscripción 

  • Indicarte si hay cambios. 
  • De las colegiaturas, mencionarte las fechas de pago y cuántas hay que pagar. 
  • Cobros de los exámenes ordinarios o extraordinarios. 
  • Derechos por incorporación. 
  • Descuentos por depósitos anticipados. 
  • Recargos por pagos extemporáneos. 

4. – Transporte escolar 

Informarte si la institución educativa lo provee directamente o si se contrata con otro concesionario ajeno a ellos.

5. – Servicio de alimentos 

Pregunta si hay servicio de alimentación cuando él o la estudiante permanezca más tiempo fuera de su horario escolar establecido y el costo que tiene el contratar este servicio.

6. – Reglamento escolar 

Deben de proporcionarte los datos de contacto de los directivos del plantel, así como sus horarios de atención y el reglamento escolar.

7. – Útiles y uniformes escolares 

No pueden obligarte a que compres los útiles y uniformes escolares con ellos; tú puedes elegir el proveedor que mejor te convenga.

8. – Explicarte cuando den por terminada la relación con la o el alumno 

En caso de que acumules tres cuotas sin pagar, la institución educativa puede dar por terminada la relación con la o el alumno, pero no pueden retener su documentación oficial, la cual deberías de recibir a más tardar 15 días después de que hagas la solicitud.

9. – Donativos o cuotas 

Si te piden un donativo o cuota para algún evento recreativo, social o cívico que el plantel organice, son voluntarios y si decides no darlos, la calificación de la o el alumno no debe afectarse por ello.

Para tomar en cuenta 

  • Lo que pagues debe estar expresado en moneda nacional. 
  • El costo de las colegiaturas no debe aumentar unilateralmente durante el ciclo escolar porque deben de ser de común acuerdo entre la Asociación de Padres de Familia o la mayoría de los usuarios del servicio educativo con la escuela. 
  • Las listas, nombramientos u otras formas donde se muestre a los estudiantes que tengan adeudos de pagos ordinarios o extraordinarios, quedan prohibidas por ley.

Fuente: El Economista