Desde junio, las jornadas de trabajo superiores a la ley son consideradas delito de explotación laboral, pese a ello, siete de cada 10 trabajadores afirman que en su centro de trabajo no se realizan revisiones de los horarios para asegurar el cumplimiento legal, de acuerdo con una encuesta de OCC.
La reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas modificó el artículo 21 para sancionar con cárcel y multas las jornadas de trabajo que exceden el límite del tiempo extraordinario establecido en la Ley Federal del Trabajo. Las penas serán endurecidas cuando se afecten a personas de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas.
La explotación laboral ya era clasificada como un delito de trata de personas, pero sólo se consideraban los casos en los que se presentaban condiciones peligrosas o insalubres sin la protección prevista por las normas, una desproporcionada carga de trabajo al sueldo percibido o una remuneración inferior al salario mínimo. Con esta reforma, se incluyeron las jornadas laborales excesivas.
La encuesta Termómetro Laboral de OCC, preguntó a los trabajadores en México si en el lugar de trabajo se realizan revisiones para asegurar que los horarios no incumplan con la legislación laboral, a lo que sólo 12% respondió que en la empresa existen mecanismos que se aplican con regularidad para asegurar el cumplimiento.
Esta cifra va en línea con los datos difundidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los cuales indican que la jornada laboral y la falta de pago del tiempo extraordinario son el segundo incumplimiento más recurrente en inspecciones de condiciones generales de trabajo.
Aunque la reforma de explotación laboral puso en la agenda pública el tema del respeto al tiempo de trabajo, para el 56% de los participantes de la encuesta, las acciones son insuficientes, un 38% las calificó como adecuadas, pero aún entre ese universo, una quinta parte consideró que las medidas podrían ser más estrictas.
Finalmente, 6% de los encuestados por la bolsa de trabajo confesó que desconocía la reforma, por lo que no estaba seguro.
¿Cómo denunciar una jornada como exploración laboral?
La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) evidencia que en México cerca de 4.8 millones de empleados tienen una jornada laboral superior a las 56 horas por semana; es decir, trabajan más del límite legal, incluyendo en ello el tiempo extra permitido.
Esta cifra engloba a trabajadores subordinados, en otras palabras, con un empleador. Y representan el 12% de todos los asalariados del país. Adicionalmente, cerca de 5.1 millones de trabajadores tiene jornadas de entre 48 y 56 horas semanales.
Diego García Saucedo, socio director de García Velázquez Abogados, explica que hay dos vías para denunciar la explotación laboral: la primera es hacer una denuncia ante la STPS para que su dirección de inspección haga una visita, sobre todo de las condiciones generales de trabajo.
Los trabajadores pueden reportar a la STPS de manera anónima vulneraciones de derecho al correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx, compartiendo el motivo de denuncia, el nombre de la empresa, la dirección, entre otros datos que ayuden a la dependencia a analizar el caso. Esto puede derivar en una inspección extraordinaria.
Durante la inspección, se puede dar vista al Ministerio Público por posible comisión de delitos contemplados en la Ley de trata de personas. “De tal manera que habría multa por el lado de la STPS, que posteriormente le llegara al patrón, toda vez que se detectaron esas violaciones a la legislación laboral”, refiere el socio director de García Velázquez Abogados.
Aunque el foco en los últimos meses estaba en la reducción de la jornada laboral, de 48 a 40 horas a la semana, que las jornadas laborales extenuantes sean consideradas explotación laboral, volvió a colocar sobre la mesa el tiempo que los empleados mexicanos pasan trabajando, que es el número de horas más alto de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).
Fuente: El Economista